Quedarán exentos de la realización de la prueba específica de acceso a TD2 Media Montaña quienes acrediten alguna de las condiciones que establece el Real Decreto 702/2019, artículo 34.
La Dirección de Área Territorial de Educación procederá a la constitución y nombramiento del tribunal que garantizarán el correcto desarrollo de la prueba de carácter específico a TD2 en ESCALADA y evaluarán las actuaciones de los aspirantes, de conformidad con lo previsto respecto a los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación establecidos.
Primera parte: «Progresión por terreno variado»: Cargados con una mochila con un peso mínimo de 10 kg, se completará un recorrido de media montaña no balizado con un desnivel positivo acumulado de 1.500 metros y un mínimo de 12 kilómetros de distancia real por terreno variado, uniendo los puntos de paso obligatorio en el orden propuesto y realizando los tramos acotados de terreno variado y de obligado paso dispuestos a lo largo del recorrido dentro del tiempo establecido por el tribunal.
Segunda Parte: Orientación: Realizar un circuito por terreno de baja y media montaña con cartografía especifica de montaña, demostrando el manejo combinado de distintas técnicas de orientación, el mapa y la brújula para la consecución de la toma de controles, trasportando una mochila con su equipo personal y un mínimo de 10 kg de peso.
Tercera Parte: Escalada libre a vista: Escalar como primero de cordada una ruta de graduación 6C, utilizando la modalidad de «a Vista» y en libre, y la técnica de cuerda simple.
Cuarta parte: Escalada vía semiequipada: Escala como primero de cordada una ruta de graduación 6b semiequipada, utilizando la modalidad de «a vista» y en libre.
Los participantes a las pruebas de acceso al TD2 en Escalada deberán ir provistos de los siguientes elementos:
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